Información de Plena inclusión España
El texto del real decreto ley que regula las condiciones para acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) introduce modificaciones en Ley General de la Seguridad Social con respecto a las condiciones que debe reunir una familia para percibir la prestación por hijo a cargo. Así, a partir de ahora esta ayuda pública pasa a cubrir únicamente las situaciones de menores a cargo con discapacidad igual o superior al 33%, y mayores de edad con discapacidad igual o superior al 65%.
Plena inclusión España manifiesta su preocupación sobre la situación en la que podría dejar a muchas familias de personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (parálisis cerebral, autismo, síndrome de Down y otras) las modificaciones introducidas en la legislación que han entrado en vigor el pasado 1 de junio. Por ello, en el ámbito del CERMI, la plataforma estatal que agrupa a las organizaciones de la discapacidad, contribuirá a asegurar estas prestaciones que son una herramienta fundamental para compensar el sobrecoste que genera en miles de familias el apoyo a sus familiares con discapacidad.
Desde la confederación se afirma que “los cambios introducidos por la Ley de IMV sitúan a las personas con discapacidad perceptoras de esta prestación en una situación de inseguridad jurídica que puede acarrear un grave retroceso en sus derechos” por dos motivos:
El primero es que se elimina el apartado que establecía la no exigencia de límite de recursos económicos en los supuestos de hijos o menores a cargo con discapacidad. Esta supresión debería eliminarse porque permite que discrecionalmente se pueda limitar dicho acceso a la prestación en base a la capacidad económica de la persona solicitante de la ayuda.
El segundo es que, hasta ahora, había una cuantía general para menores de 18 sin discapacidad (28,41€/mes), y cuantías específicas para menores con discapacidad igual o superior al 33% (83,3€/mes), mayores con discapacidad igual o superior al 65% (395,60€/mes) y mayores con discapacidad igual o superior al 75% (593,40€/mes).
A partir del 1 de junio, la cuantía general para menores sin discapacidad desaparece al integrarse dentro del Ingreso Mínimo Vital pero, también desaparece de forma injustificada la diferenciación de cuantías específicas para menores con discapacidad en un porcentaje igual o superior al 33% y mayores con discapacidad igual o superior al 65%. La nueva redacción del artículo únicamente establece una cuantía general y una cuantía para mayores de edad con discapacidad igual o superior al 75%.
El real decreto ley, a pesar de haber entrado en vigor el día 1 de junio, no ha establecido el importe de estas cuantías por lo que ahora mismo es imposible saber a cuánto va ascender la prestación por hijo a cargo en el caso de menores con discapacidad igual o superior al 33% y mayores con discapacidad igual o superior al 65% y no hay ninguna garantía de que se vayan a respetar los derechos adquiridos por los beneficiarios. Y todo esto sucede cuando los Presupuestos Generales del Estado se encuentran prorrogados y no contemplan estas partidas modificadas.
Desde Plena inclusión se considera que la única fórmula para evitar un retroceso en los derechos adquiridos y una nueva discriminación contra el colectivo de las personas con discapacidad es que la nueva cuantía general se establezca en 395€/mes y la cuantía específica para supuestos de personas mayores de edad con discapacidad igual o mayor al 75% se mantenga en los 594€/mes actuales.
La prestación por hijo a cargo apoya en la actualidad a 451.585 personas.